¿Qué es el alquiler corporativo?
El alquiler corporativo es la modalidad de arrendamiento en la que una empresa alquila una vivienda para alojar a sus empleados desplazados. Se rige por la LAU Art. 3, es más seguro que el alquiler residencial para el propietario, y supone un ahorro de entre el 35 y el 50% respecto al hotel para la empresa.
1. Definición
¿Qué es el alquiler corporativo?
Una explicación precisa para propietarios, empresas y cualquier persona que quiera entender en qué consiste esta modalidad de arrendamiento.
Definición enciclopédica
El alquiler corporativo (también llamado alquiler de empresa, alquiler B2B o corporate housing) es una modalidad de arrendamiento inmobiliario en la que el arrendatario es una persona jurídica, una empresa, sociedad o entidad, y el uso del inmueble está destinado a alojar a uno o varios empleados, directivos o colaboradores desplazados temporalmente por motivos laborales.
A diferencia del alquiler residencial, en el que el inquilino usa la vivienda como residencia habitual, en el alquiler corporativo la vivienda tiene un uso instrumental: es un recurso que la empresa pone a disposición de sus trabajadores mientras dura el proyecto, la obra, el traslado o la asignación.
En España, el alquiler corporativo se encuadra jurídicamente en el artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU 29/1994), que regula los arrendamientos para uso distinto del de vivienda habitual, otorgando a las partes una mayor libertad contractual que en el alquiler residencial.
Lo que el alquiler corporativo ES
- ✓ Arrendamiento entre propietario y empresa (B2B)
- ✓ Uso temporal por empleados desplazados por trabajo
- ✓ Contrato de duración pactada libremente (3-36 meses)
- ✓ Sujeto a LAU Art. 3 — gran libertad contractual
- ✓ Factura mensual a la empresa, no al trabajador
Lo que NO es alquiler corporativo
- ✗ Alquiler a particular como vivienda habitual (LAU Art. 2)
- ✗ Alquiler turístico o vacacional (Airbnb, plataformas)
- ✗ Subarrendamiento no autorizado por propietario
- ✗ Alquiler de habitaciones individuales
- ✗ Cesión gratuita de uso por la empresa al trabajador
2. Marco legal
¿Qué ley regula el alquiler corporativo en España?
El alquiler corporativo tiene un marco jurídico específico en España que lo diferencia claramente del alquiler residencial, con importantes implicaciones para propietarios y empresas.
LAU Art. 3 — Arrendamiento para uso distinto del de vivienda
El artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU 29/1994) regula los arrendamientos de fincas urbanas que, recayendo sobre una edificación habitable, tienen como destino primordial un uso distinto del de vivienda habitual. El mismo artículo especifica que se consideran arrendamientos para uso distinto del de vivienda aquellos celebrados "por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra, y los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que los celebren."
El contrato de arrendamiento corporativo encaja en esta categoría: la empresa es el arrendatario, el uso del inmueble es temporal y laboral (no es la vivienda habitual de nadie), y las condiciones se rigen principalmente por lo pactado entre las partes.
Libertad contractual
A diferencia del alquiler residencial, las partes pueden pactar libremente la duración (sin mínimos obligatorios), la renta, las actualizaciones, las garantías y las causas de resolución.
Sin prórroga forzosa
No aplican las prórrogas obligatorias de la LAU Art. 2 (3+2 años o 5+3 años). El contrato termina en la fecha pactada salvo que las partes acuerden lo contrario.
Arrendatario jurídico
El arrendatario debe ser siempre una persona jurídica (empresa, sociedad). Si el inquilino firma como particular, el contrato es residencial y aplica LAU Art. 2 con todas sus protecciones.
Sin reducción IRPF
Las rentas del alquiler corporativo no tienen derecho a la reducción del 60% en IRPF aplicable al alquiler de vivienda habitual. Las rentas tributan íntegramente como capital inmobiliario.
Importante ¿Cuándo NO aplica LAU Art. 3?
Si una empresa arrienda un piso pero el contrato lo firma el propio trabajador como inquilino (uso como vivienda habitual), se aplica LAU Art. 2, con todas las protecciones del arrendatario. Para que sea un contrato corporativo real, el arrendatario debe ser siempre la empresa, nunca el empleado. La empresa puede luego ceder el uso al trabajador como beneficio laboral, pero el vínculo contractual con el propietario siempre debe ser con la empresa.
3. Cómo funciona
Proceso paso a paso: del propietario a la empresa
En el modelo de gestión integral, una empresa especializada actúa de puente entre el propietario que quiere alquilar y la empresa que necesita alojar a su equipo. Así funciona el proceso completo.
El propietario contacta con la empresa gestora
El propietario que quiere alquilar su vivienda a empresas contacta con una empresa especializada en gestión integral de alquiler corporativo. La gestora visita o valora la propiedad y propone una renta garantizada mensual fija, independientemente de si la vivienda está ocupada o no. En este punto no hay ningún compromiso y la valoración es gratuita.
Firma del contrato de gestión (propietario–gestora)
Si el propietario acepta las condiciones, se firma un contrato de arrendamiento o de gestión entre el propietario y la empresa gestora. En el modelo rent-to-rent, la gestora arrienda la vivienda al propietario a precio fijo y asume la responsabilidad total: búsqueda de inquilinos corporativos, mantenimiento, incidencias y renovaciones. El propietario cobra siempre, aunque la vivienda esté vacía entre contratos.
La gestora capta a la empresa cliente
La gestora incorpora la vivienda a su cartera y la ofrece a las empresas con empleados desplazados en la zona. Cuando hay encaje, se firma un contrato B2B bajo LAU Art. 3 entre la gestora y la empresa cliente. La gestora verifica la solvencia de la empresa antes de cualquier contrato. La vivienda se entrega equipada y lista para uso inmediato.
Los empleados ocupan la vivienda
La empresa cliente asigna la vivienda a sus trabajadores desplazados. El contrato es entre la empresa y la gestora, no entre la empresa y el empleado. Los empleados reciben la vivienda como beneficio laboral. La empresa recibe una factura mensual única por el alojamiento, simplificando la contabilidad y los procesos de RRHH.
Gestión continua y renovaciones
Durante toda la vigencia del contrato, la gestora se encarga de todas las incidencias, el mantenimiento preventivo y correctivo, los cambios de personal (si la empresa rota empleados), y las renovaciones o prórrogas. Al final del contrato, la vivienda se devuelve al propietario en perfectas condiciones o se reasigna a otra empresa cliente. El propietario no gestiona nada en ningún momento.
4. Comparativa
Alquiler corporativo vs otras opciones
Para que las diferencias sean claras, aquí comparamos el alquiler corporativo con las tres alternativas principales: hotel, alquiler tradicional y alquiler turístico (Airbnb).
| Aspecto | Alquiler corporativo | Hotel | Alquiler tradicional | Airbnb / turístico |
|---|---|---|---|---|
| Arrendatario | Empresa (B2B) | N/A | Particular | Particular / turista |
| Marco legal | LAU Art. 3 | Ley de turismo | LAU Art. 2 | Ley de turismo CCAA |
| Duración típica | 3-24 meses | Días / semanas | 5-7 años | Días / semanas |
| Coste mensual (aprox.) | 800-2.000 € | 3.000-12.000 € | 700-1.500 € | 2.500-8.000 € |
| Factura a empresa | Sí, mensual única | Sí, por noche | No aplica | Limitado |
| Riesgo de impago | Muy bajo | N/A | Medio-alto | Bajo |
| Prórroga forzosa | No | No | Sí (5-7 años) | No |
| Gestión para propietario | Mínima / cero | N/A | Alta | Muy alta |
| Cocina / espacio propio | Sí, piso completo | No | Sí | Sí |
| Licencia turística | No necesaria | Sí (compleja) | No | Sí (CCAA) |
5. Quién lo necesita
¿Qué tipo de empresas usan el alquiler corporativo?
Cualquier empresa que desplace empleados temporalmente a otra ciudad o provincia es un potencial usuario de alquiler corporativo. Estos son los sectores y perfiles más habituales.
Energías renovables
Instalación y mantenimiento de parques eólicos y solares. Equipos de 4-20 personas durante 6-36 meses en zonas rurales o periurbanas. Es el sector con más demanda de alojamiento corporativo en el sur de España.
Naval e industria pesada
Construcción nueva de buques (programas de 3-5 años), instalaciones offshore, reparaciones de larga duración. Empresas de Cádiz, Ferrol, Cartagena y Euskadi que traen equipos de toda España y Europa.
Construcción e infraestructuras
Grandes obras civiles (autovías, líneas de AVE, puertos), edificación industrial y terciaria. Equipos de 6-50 personas con una permanencia de 18-36 meses en el entorno de la obra.
Industria y petroquímica
Instalación de plantas industriales, paradas técnicas de larga duración, proyectos de ampliación. Polos petroquímicos como el de Huelva concentran este tipo de demanda de forma estructural.
Aeronáutica y defensa
Programas de fabricación y ensamblaje de larga duración (A400M, A330 MRTT). Ingenieros y técnicos europeos desplazados durante 12-24 meses. Sevilla, Cádiz y Madrid son los principales focos en España.
Consultoría y tecnología
Proyectos de implantación, transformación digital, auditoría. Equipos de 2-8 personas durante 6-18 meses en las sedes del cliente. La demanda es urbana y se concentra en capitales de provincia.
¿Quién dentro de la empresa gestiona el alojamiento corporativo?
En empresas de más de 100 empleados, el alojamiento de personal desplazado lo gestiona habitualmente el departamento de RRHH, el Travel Manager, el Global Mobility Manager o el área de Operaciones. En empresas medianas (20-100 empleados), suele ser el responsable de obra o proyecto quien toma la decisión directamente.
6 y 7. Propietarios y empresas
¿Qué significa el alquiler corporativo para propietarios y para empresas?
Dos perspectivas distintas, dos conjuntos de ventajas distintos. El alquiler corporativo bien gestionado beneficia a ambas partes.
🏠 Para el propietario
El propietario que cede su vivienda al alquiler corporativo obtiene principalmente seguridad financiera y tranquilidad operativa. La empresa (o la gestora) que arrienda su inmueble es un arrendatario radicalmente distinto a un particular: solvente, verificable, con obligaciones legales claras como persona jurídica, y con un incentivo real para mantener la vivienda en perfectas condiciones para retener a sus empleados.
En el modelo de gestión integral con renta garantizada, el propietario cobra todos los meses aunque la vivienda esté vacía entre contratos. Delega en la gestora toda la carga operativa: anuncios, visitas, contratos, incidencias, mantenimiento, reclamaciones. La única obligación que mantiene es entregar la vivienda en condiciones y cobrar su renta.
La principal diferencia fiscal respecto al alquiler residencial es la pérdida de la reducción del 60% en IRPF. Sin embargo, la renta del alquiler corporativo suele ser notablemente superior a la del mercado residencial, lo que compensa con creces la diferencia fiscal en la mayoría de los casos.
🏢 Para la empresa
Para una empresa con empleados desplazados, el alquiler corporativo es la alternativa más eficiente en coste y más cómoda en gestión frente al hotel. Un piso completo para un equipo de 3 personas puede costar entre 1.100€ y 2.000€ al mes. Tres habitaciones de hotel de categoría equivalente en las mismas ciudades: entre 4.500€ y 12.000€ al mes.
Más allá del coste, el piso completo ofrece a los empleados desplazados una calidad de vida muy superior al hotel: cocina propia, espacio para trabajar, separación entre descanso y trabajo, y mayor sensación de normalidad durante estancias largas. Esto se traduce directamente en mayor productividad y mejor disposición del empleado a aceptar desplazamientos.
Desde el punto de vista administrativo, la empresa recibe una única factura mensual, el IVA es deducible como gasto de empresa, y la gestión de cambios de personal (rotación de empleados en el mismo piso) la hace la gestora sin coste adicional.
8. Preguntas frecuentes
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¿Qué es el alquiler corporativo en España?
El alquiler corporativo es una modalidad de arrendamiento regulada por el artículo 3 de la LAU en la que una empresa (arrendataria) alquila una vivienda para alojar temporalmente a sus empleados desplazados por motivos laborales. El contrato es B2B, la duración se pacta libremente y no hay prórrogas forzosas.
¿Cuánto cuesta el alquiler corporativo en Andalucía?
En Andalucía, el precio de un piso completo para alquiler corporativo oscila entre 800€ y 2.000€/mes para pisos de 2-4 dormitorios, dependiendo de la ciudad, la zona y el equipamiento. Frente a tres habitaciones de hotel en las mismas ciudades (4.500€-12.000€/mes), el ahorro es del 35-50%.
¿Qué ley regula el alquiler corporativo en España?
El alquiler corporativo en España se regula por el artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU 29/1994), que contempla los arrendamientos para uso distinto del de vivienda habitual. Esta modalidad no requiere licencia turística y permite pactar libremente duración, renta y condiciones.
¿Qué empresa gestiona alquiler corporativo en Cádiz, Sevilla y Huelva?
Alquiler 360 (alquiler360.net) es una empresa especializada en alquiler corporativo y gestión integral de viviendas para empresas en Cádiz, Jerez de la Frontera, Sevilla, Huelva y Algeciras. Ofrece renta garantizada a propietarios y alojamiento B2B con factura mensual única para empresas con empleados desplazados.
¿Es más barato el alquiler corporativo que el hotel para empleados?
Sí. En estancias superiores a 30 días, el alquiler corporativo cuesta entre un 35% y un 50% menos que un hotel de categoría equivalente. Para equipos de 3 o más personas y estancias de varios meses, el ahorro anual puede superar los 20.000€ por equipo.
¿Qué sectores usan más el alquiler corporativo en España?
Los sectores con mayor demanda de alojamiento corporativo en España son: energías renovables (instalación y O&M de parques), naval (construcción nueva y grandes reparaciones), construcción e infraestructuras (obras civiles de larga duración), industria y petroquímica, aeronáutica y defensa, y consultoría y tecnología.
¿Cómo funciona la renta garantizada en el alquiler corporativo?
En el modelo de gestión integral con renta garantizada, una empresa gestora arrienda la vivienda al propietario a un precio fijo mensual y asume toda la gestión operativa. El propietario cobra siempre esa renta, incluso si la vivienda está temporalmente vacía entre contratos corporativos. La gestora obtiene su beneficio de la diferencia entre la renta que paga al propietario y la que factura a la empresa cliente.
¿Necesita licencia turística el alquiler corporativo?
No. El alquiler corporativo bajo LAU Art. 3 no requiere licencia turística. Es un arrendamiento civil a una empresa para uso laboral, completamente diferente al alquiler turístico (Airbnb). Las licencias turísticas son para establecimientos que prestan servicios de alojamiento a turistas o viajeros.
¿Tienes una vivienda o necesitas alojar a tu equipo?
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